El caso Banco Madrid evoca el clásico financiero y bursátil del siglo XVII: “Confusión de confusiones”. De entrada, como es un banco, todas las miradas se dirigieron hacia quien controla los bancos, es decir, hacia el Banco de España.
Sin embargo, la vigilancia sobre la procedencia del dinero, es decir, la responsabilidad de controlar el blanqueo de capitales, no corresponde a nuestro antiguo banco emisor sino a una comisión a tal efecto en el Ministerio de Economía. Por supuesto, allí hay inspectores del Banco de España, pero la responsabilidad principal no es suya.
Para más confusión, en lo tocante a la responsabilidad que no pueden eludir en Alcalá, 50, es decir, la responsabilidad estrictamente bancaria, la solvencia y lo que manda Basilea III, la conclusión es que el Banco de Madrid no debió ser intervenido y mucho menos cerrado, puesto que era solvente.
En condiciones normales, si nos fijamos en el activo y el pasivo de cualquier banco, su balance se compone esencialmente, por un lado, de depósitos exigibles a corto plazo, y activos en su aplastante mayoría no liquidables a corto, más un escueto capital propio. Esa situación potencialmente inestable en grado sumo no suscita problemas porque la masa de los depositantes no va a exigir su dinero al mismo tiempo. Si lo hace, ningún banco aguanta. Esta situación se mantiene precisamente porque hay un banco central que garantiza la viabilidad del sistema.
Las crisis ponen en cuestión dicho sistema, y de ahí los onerosos rescates que cargan sobre las espaldas de los contribuyentes el coste de hacer frente a los llamados “riesgos sistémicos”, es decir, la idea de que no se puede dejar caer un banco porque ello pondría en cuestión el conjunto del sistema financiero.
Más confusión. En realidad, como se vio en Estados Unidos, las autoridades dejan caer una entidad y no a otra según criterios altamente discutibles. De ahí que el caso Lehman sea el pañuelo de Desdémona, el ejemplo al que se recurre para demostrar que hay que intervenir, pero que en realidad no prueba nada.
Sea ello como fuere, el Banco de Madrid será liquidado, y las pérdidas serán asumidas por sus propietarios y acreedores, incluidos en parte los depositantes que tenían más de 100.000 euros, límite de la garantía de los depósitos, sin que los daños repercutan sobre los contribuyentes.
Dirá usted: no es lo mismo una crisis financiera que un caso de blanqueo de capitales y otros delitos reales o presuntos. Y es verdad. Pero…
(Artículo publicado en La Razón.)